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    <titulo>– Orusco de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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AYUNTAMIENTO DE ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Orusco de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos número 3/2023, dentro del presupuesto de 2023, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de Tesorería , al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, con cargo a remanente de Tesorería para gastos generales del ejercicio de 2022, de acuerdo con el siguiente detalle: 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Orusco de Tajuña, a 2 de enero de 2024..La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.
(03/21/24)</texto>
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