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    <titulo>– Villarejo de Salvanés. Organización y funcionamiento. Ordenanza urbanismo y actividades</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VILLAREJO DE SALVANÉS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
76Villarejo de Salvanés. Organización y funcionamiento. Ordenanza urbanismo y actividades
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de Urbanismo y Actividades, por acuerdo del Pleno, de 1 de diciembre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://villarejodesalvanes.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Villarejo de Salvanés, a 12 de diciembre de 2023..El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/20.709/23)</texto>
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