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    <fecha_publicacion>2023/12/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>303</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>COLMENAR DE OREJA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Colmenar de Oreja. Régimen económico. Calendario fiscal
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2023, aprobó el calendario fiscal para el ejercicio 2024, según el siguiente detalle:
Calendario fiscal para el ejercicio 2024
.	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 1 de marzo al 30 de abril de 2024.
.	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: del 1 de julio al 2 de septiembre de 2024.
.	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: del 1 de julio al 2 de septiembre de 2024.
.	Impuesto sobre actividades económicas: del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
.	Tasa de basuras: del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
.	Tasa de alcantarillado: del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
.	Tasa de vados permanente: del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
Recibos domiciliados: se cobrarán a mitad del período de voluntaria.
Sistema Especial de Pago de Tributos (SEPT):
.	Modalidad 2: Plazos: 20 de marzo y 20 de agosto.
.	Modalidad 9: Plazos: 20 de cada mes desde febrero a octubre.
Colmenar de Oreja, a 19 de diciembre de 2023..El alcalde-presidente, Miguel Ángel Pulido Cobos.
(01/21.245/23)</texto>
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