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    <titulo>– Ajalvir. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO
46Ajalvir. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
Estando en tramitación y aprobado inicialmente por acuerdo de 3 de noviembre de 2023, expediente de aprobación y modificación de ordenanzas fiscales municipales, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, ordenanza fiscal reguladora de la tasas por licencias urbanísticas, ordenanza municipal reguladora de circulación de Ajalvir, ordenanza de convivencia ciudadana, ordenanza gestión de precios públicos por utilización de servicios y actividades socio–culturales, ordenanza de gestión de precios públicos por utilización de servicios y actividades deportivas, ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local, ordenanza fiscal reguladora de la tasa por gestión de residuos urbanos, en cumplimiento del artículo 17.1 y 2 del RD legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público por plazo de treinta días dicho expediente a los efectos de poder ser examinado por los interesados y presentar alegaciones.
En caso de no presentarse alegaciones se elevará a definitivo el acuerdo de aprobación inicial.
En Ajalvir, a 8 de noviembre de 2023..El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.
(03/18.915/23)</texto>
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