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    <titulo>– Casarrubuelos. Régimen económico. Ordenanza fiscal cuota impuesto bienes inmuebles</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
63Casarrubuelos. Régimen económico. Ordenanza fiscal cuota impuesto bienes inmuebles
El Pleno del Ayuntamiento de Casarrubuelos, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 1 reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Casarrubuelos, a 26 de octubre de 2023..El alcalde-presidente, Vicente José Astillero Ballesteros.
(03/18.152/23)</texto>
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