<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20231016-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/10/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Majadahonda. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>246</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20231016-50</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/10/16/BOCM-20231016-50.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/10/16/BOCM-20231016-50.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/10/16/BOCM-20231016-50.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/10/16/BOCM-20231016-50.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
50Majadahonda. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
De acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2023 adoptó:
Acuerdo de aprobación inicial de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2024: ordenanza fiscal número 1 general de gestión, recaudación e inspección; ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
Los citados acuerdos se encuentran expuestos al público en el Área de Tesorería de esta Entidad durante un período de treinta días hábiles a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General ante el Pleno de la Corporación. El acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo si no hubiera reclamación alguna.
Majadahonda, a 2 de octubre de 2023..La alcaldesa-presidenta, María Dolores Moreno Molinos.
(03/16.764/23)</texto>
</documento>