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    <fecha_publicacion>2023/10/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ajalvir. Urbanismo. Normas urbanísticas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>AJALVIR</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
URBANISMO
66Ajalvir. Urbanismo. Normas urbanísticas
En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 66.1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 70.2.o de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en virtud de lo fijado en el artículo 66.1.b de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público el contenido íntegro de las normas urbanísticas del documento de modificación puntual NNSS S-I-4 (SI-4-1-ITV y SI-4-2-ITV), aprobado por resolución de 20 de noviembre de 2013, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprobó definitivamente la modificación puntual de las NN. SS. de Ajalvir en el ámbito del sector SI-4, que con dicha modificación puntual pasó a ser, con su ordenación pormenorizada del sector SI-4-1-ITV y SI-4-2-ITV, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 288 del 4 de diciembre de 2013, procediéndose a publicar las normas urbanísticas del sector SI-4-2-ITV Ajalvir (proyecto de reparcelación pormenorizada), y según el artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y cuyo texto íntegro se encuentra depositado en las dependencias municipales y estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del este Ayuntamiento de Ajalvir ( www.villadeajalvir.es ) y en los archivos de la Consejería competente de la Comunidad de Madrid.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Contra este acuerdo podrá recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ante la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, plazo a contar desde el día siguiente a la publicación de presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Ajalvir, a 20 de septiembre de 2023..El secretario, José Ignacio Ocaña Cisneros.
(03/16.054/23)</texto>
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