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    <identificador>BOCM-20230927-1</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA  Y ADMINISTRACIÓN LOCAL</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2023/09/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2023/09/05</fecha_disposicion>
    <titulo>Estructura orgánica
– Corrección de errores del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>A) Disposiciones Generales</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA  Y ADMINISTRACIÓN LOCAL</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
1CORRECCIÓN de errores del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Apreciado error en la publicación del citado Decreto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 213, correspondiente al día 7 de septiembre de 2023, páginas 6 a 27, (número inserción 03/15.219/23), se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el artículo 1.3, letra c
Donde dice:
11.o  El Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las actuaciones que correspondan a las Consejerías que ejerzan el protectorado de las fundaciones por razón de sus fines.
12.o  Los colegios profesionales.
Debe decir:
10.o  El Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las actuaciones que correspondan a las Consejerías que ejerzan el protectorado de las fundaciones por razón de sus fines.
11.o  Los colegios profesionales.
Madrid, a 25 de septiembre de 2023.
(03/16.272/23)</texto>
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