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    <titulo>– Galapagar. Régimen económico. Prescripción obligaciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
31Galapagar. Régimen económico. Prescripción obligaciones
Mediante resolución del séptimo teniente de alcalde, delegado de Economía y Hacienda, 3218/2023, de 1 de agosto, al haber transcurrido el plazo de veinte días desde la publicación de la aprobación inicial del expediente de prescripción de obligaciones y órdenes de pago, por importe de 7.050,85 euros, sin que se hayan presentado alegaciones por los terceros interesados, se acuerda la extinción de las obligaciones y órdenes de pago, por haber incurrido en prescripción, con el detalle publicado en fecha 8 de junio de 2023, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, y su correspondiente baja en sus respectivas cuentas, practicando los asientos contables necesarios para hacer efectiva dicha extinción.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, dentro del plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.
En Galapagar, a 8 de agosto de 2023..El séptimo teniente de alcalde, Miguel Ángel Domínguez Gutiérrez.
(02/14.248/23)</texto>
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