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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 38 del Real Decreto 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 7/2023 por suplemento de créditos y créditos extraordinarios, aprobada por acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de fecha 9 de agosto de 2023.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de Presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
c)	Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Mejorada del Campo, a 9 de agosto de 2023..La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/14.199/23)</texto>
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