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    <fecha_publicacion>2023/08/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navacerrada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
44Navacerrada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43.2 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que por decreto 729/2023, de 3 de julio, se ha delegado en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes competencias de la Alcaldía:
1.  Todas las delegables enumeradas en los apartados g), j), n), o) y q) del artículo 21, punto 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Si bien el otorgamiento de licencias que en las NN. SS. se consideran como menores, hoy se tramitan por declaración responsable.
2.  Las competencias atribuidas a la Alcaldía en el apartado 1 y 2 de las disposiciones adicionales segunda y tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
3.  La resolución de los recursos que pudieran interponerse contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de las atribuciones delegadas.
4.  Delegar las atribuciones que en materia de disciplina urbanística corresponden a la Alcaldía.
Navacerrada, a 1 de agosto de 2023..El alcalde, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.
(03/13.986/23)</texto>
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