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    <fecha_publicacion>2023/08/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 642/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
77Móstoles número 2. Procedimiento 642/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Isabel Cano Campaña, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social n.o 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 642/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. PEDRO GALLEGO OLMEDO frente a MOSTOBRAS, S. L, y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
En Móstoles, a veintisiete de abril de dos mil veintitrés.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social n.o 2 de Móstoles, D.a Ana Fernández Valenti, los presentes autos n.o 642/2022 seguidos a instancia de D. PEDRO GALLEGO OLMEDO frente a MOSTOBRAS, S. L, sobre Reclamación de Cantidad.
En nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia n.o 149/2023.
FALLO
Estimo la demanda y condeno a Mostobras S. L., a abonar a D. Pedro Gallego Olmedo, la cantidad bruta de 1.344,61 euros, con más 134,46 euros en concepto de 10% de interés por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a MOSTOBRAS, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintisiete de abril de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.035/23)</texto>
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