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    <titulo>– Belmonte de Tajo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BELMONTE DE TAJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
36Belmonte de Tajo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento que el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo ha dictado decreto de 26 de junio de 2023, que se transcribe literalmente a continuación:
“En aras de una mayor eficacia y celeridad en la realización de las tareas encomendadas al Ayuntamiento y visto lo dispuesto en el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:
Primero..La delegación especial que implica la dirección, inspección e impulso de los servicios de Servicios de Seguridad, Hacienda y Presupuestos, Cultura y Turismo en el concejal D. Josua Salinas García.
Segundo..La delegación especial que implica la dirección, inspección e impulso de los servicios de Educación, Mujer y Servicios Sociales en la concejala D.a María del Carmen Roldán Bohigues.
Tercero..La delegación especial que implica la dirección, inspección e impulso de los servicios de Festejos, Juventud y Deporte en el concejal D. Gerardo Sánchez Sánchez.
Cuarto..Estas delegaciones no implican la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. (No delegación de firma).
Quinto..Notificar la presente resolución a los designados y publicar el correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, sin perjuicio de la efectividad de la resolución desde el día siguiente a la emisión de la misma.
Sexto..Dar cuenta al Pleno en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Belmonte de Tajo, a 21 de julio de 2023..El alcalde, Roberto Morate Carralero.
(03/13.116/23)</texto>
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