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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Delegación funciones</titulo>
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    <organismo>TORREJÓN DE ARDOZ</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
100Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Delegación funciones
En sesión de Junta de Gobierno Local celebrada el 3 de julio de 2023 y de conformidad con lo previsto en el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 9.1 de la Ley 40/2019, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se ha acordado:
Primero..Delegar el ejercicio de las competencias en materia de gestión tributaria, inspección, recaudación y medios de revisión, salvo las atribuidas por una norma específica a otro órgano y las indelegables, y los actos que corresponda dictar en los procedimientos sancionadores derivados de infracciones tributarias, en el concejal-delegado de Hacienda. Las competencias delegadas surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha en que se acuerden, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Segundo..En los términos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el acuerdo de delegación se deberá publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Torrejón de Ardoz, a 4 de julio de 2023..El concejal de Hacienda y Patrimonio, PDDA de 27 de junio de 2023, Marcos López Álvarez.
(03/12.121/23)</texto>
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