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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
110Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Por resolución de Alcaldía de 20 de junio de 2023, la alcaldesa Antonia Alcázar Jiménez procede a la delegación del ejercicio de algunas de sus competencias para la agilización de los procedimientos, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
“Visto que esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 43.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, tiene reconocida por Ley la posibilidad de efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas.
Visto que es conveniente delegar el ejercicio de la competencia que se menciona a continuación para, agilización de los procedimientos aumentando el grado de eficacia de los servicios.
De conformidad con lo establecido en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero
Nombrar
.	Primer teniente de Alcaldía: D. Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.
.	Segunda teniente de Alcaldía: D.a Cristina Cerquera Jiménez.
.	Tercer teniente de Alcaldía: D.a Josefa Gil García.
.	Cuarto teniente de Alcalde: D.a Silvia Castillo Toldos.
.	Quinto teniente de Alcalde: D. Joaquín Panadero Rubio.
.	Portavoz: D.a Josefa Gil García.
Segundo
Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales
.	D. Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.
.	D.a Josefa Gil García.
.	D.a Cristina Cerquera Jiménez.
.	D. Joaquín Panadero Rubio.
.	D.a Silvia Castillo Toldos.
Tercero
Delegar en los concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican
.	Concejalía de Hacienda y Contratación /Organización y Coordinación de Áreas Municipales/Igualdad y Diversidad.
	D.a Cristina Cerquera Jiménez, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de Hacienda y Contratación. Impulso y Dirección Política del Seguimiento Presupuestario, y en concreto:
–	Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación.
–	Seguimiento de la ejecución Presupuestaría.
–	Seguimiento y control de la contratación.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
	Área de organización y coordinación de las áreas municipales:
–	Coordinación de las distintas concejalías de gobierno y áreas municipales.
–	Impulso de líneas de trabajo comunes de las distintas concejalías que las integran.
	Área de igualdad y diversidad: Impulso y dirección política tendentes a la efectiva integración de las mujeres y colectivos diversos en la sociedad, y en concreto en:
–	Promoción de la igualdad y la ciudadanía plena y activa.
–	Políticas de igualdad de género y mujer.
–	Actuaciones contra la violencia de género. Sensibilización, prevención y atención a las víctimas.
–	Promoción de la igualdad social y participación de las personas con discapacidad y diversidad funcional. Observatorio de la discapacidad.
–	Inmigración. Promoción de la igualdad social y participación de las personas migrantes.
–	Atención a la diversidad afectivo-sexual e igualdad social de las personas lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales.
–	Dirección del Centro Asesor de la Mujer.
–	Organización del personal afecto al área.
.	Concejalía de Seguridad Ciudadana y Convivencia/Mantenimiento de Ciudad y Pir.
	D. Rodrigo A. Morales Sánchez que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de Seguridad Ciudadana y convivencia. Impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al área de Policía Local, Protección civil y en concreto:
–	Circulación viaria.
–	Política de Seguridad Ciudadana dentro del Municipio.
–	Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.
–	Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local.
–	Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local.
–	Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.
	Área de mantenimiento de ciudad y PIR. Impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al área de servicios generales y parques y jardines, PIR y en concreto:
–	Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos.
–	Mobiliario municipal. .
–	Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos sólidos y urbanos.
–	Seguimiento del Vertedero Municipal.
–	Organización y Seguimiento del Polígono Industrial en lo referente a recogida de residuos.
–	Seguimiento, planificación y concesión en su caso, de los permisos a que diera lugar el Cementerio y Tanatorio Municipal. .
–	Seguimiento del servicio de alumbrado público.
–	Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales.
–	Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (Licencia de Cala, etc.).
–	Mantenimiento de las zonas de parques y jardines .
–	Seguimiento del Plan de inversión regional, Pir.
–	Organización del personal afecto al área.
.	Concejalía de Recursos Humanos/Educación/Modernización, Administración Electrónica y Fondos Europeos.
	D.a Josefa Gil García que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de recursos humanos:
–	Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal.
–	Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos de relacionados con la negociación colectiva.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito a las áreas. .
	Área de educación. Impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto:
–	Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas.
–	Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general.
–	Escuela Infantil Municipal.
–	Escuela de Adultos.
–	Escuela Municipal de Música, Danza y Teatro.
	Área de modernización, administración electrónica y fondos europeos:
–	Puesta en marcha de la nueva forma de relacionarse con la administración. 
–	Mantenimiento activo del “Portal del Ciudadano”' que permitirá el acceso, la relación y la gestión de los vecinos con el Ayuntamiento. .
–	Seguimiento y supervisión del área de digitalización.
–	Coordinación y seguimiento de los fondos europeos.
.	Concejalía de Vivienda, Planificación, Transición Energética y Proyectos De Ciudad/Área de Festejos.
	D. Joaquín Panadero Rubio, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de vivienda, planificación, transición energética y proyectos de ciudad. Impulso y dirección de todas las competencias concernientes al área de ordenación del territorio y en concreto:
–	Obras mayores.
–	Impulso de políticas de vivienda municipal.
–	Seguimiento de obras mayores e infraestructuras.
–	Planeamiento de desarrollo y gestión urbanística.
–	Seguimiento de la gestión catastral.
–	Organización del personal afecto al área.
	Área de festejos:
–	Impulso y dirección política tendentes al fomento y desarrollo de los festejos municipales.
–	Impulso de festejos tradicionales y populares.
.	Concejalía de Desarrollo Local, Empleo y Comercio/Movilidad.
	D. Alejandro Guillén Pascual, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de desarrollo local, empleo y comercio:
–	Impulso y promoción de planes de empleo y formación.
–	Relación con agentes sociales y desarrollo económico.
–	Bolsa de empleo. Gestión de la oferta y demanda de empleo. .
–	Promoción del comercio de proximidad. .
–	Programas de reactivación. .
–	Talleres de empleo.
–	Dinamización del tejido productivo y actividad económica. .
–	Formación Continua. Formación ocupacional y orientación para el Empleo y el Autoempleo. .
–	Atención al emprendedor.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
	Área de movilidad:
–	Impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que siendo de la CAM o del Estado afecten al transporte exterior de este municipio.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
.	Concejalía de Cultura y Servicios Sociales:
	D.a Yolanda Rollón Ferigal, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de cultura. Impulso y dirección política tendentes al fomento de la Cultura en el municipio, y en concreto en:
–	Realización de actividades culturales en el municipio.
–	Impulso institucional de los espacios culturales del municipio.
–	Eventos culturales de calle.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
	Área de servicios sociales. Impulso y dirección política de las competencias en Servicios Sociales que tenga asignado el Municipio, lo que se concreta en:
–	Vocal de la Mancomunidad de Servicios Sociales, relaciones con la misma.
–	Organización de las actividades propias de los Servicios Sociales del Municipio en relación con la Mancomunidad o fuera de ésta.
–	Actividades sociales.
–	Servicios sociales de carácter general.
.	Concejalía de Deportes, Actividades Saludables/Infancia y Juventud.
	D.a Silvia Castillo Toldos, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:
	Área de deportes y actividades saludables. Impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del Municipio, lo que se concreta en:
–	Seguimiento de las Instalaciones Deportivas Municipales, y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito.
–	Impulso de las actividades de carácter deportivo.
–	Organización y seguimiento del personal adscrito al área.
	Área de infancia y juventud. Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:
–	El fomento de actividades que cumplan dicho fin.
–	La Casa de la Juventud.
–	Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.
–	Organización del personal afecto al área.
Cuarto
En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
Quinto
La delegación general de competencias a favor de los citados Concejales a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección del Área correspondiente, como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación, así como la potestad sancionadora en el ámbito de la delegación.
Sexto
Notificar este nombramiento a los concejales designados.
Séptimo
Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1. del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.
Octavo
Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Velilla de San Antonio, a 20 de junio de 2023..La alcaldesa, Antonia Alcázar, Jiménez.
(03/10.865/23)</texto>
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