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    <titulo>– Patones. Régimen económico. Ordenanza fiscal productos audiovisuales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>PATONES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PATONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
77Patones. Régimen económico. Ordenanza fiscal productos audiovisuales
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, acreditándose mediante certificado de secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación de la modificación definitiva del artículo 25 de la ordenanza fiscal reguladora del productos audiovisuales en el término municipal de Patones y derogación de la anterior, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL Y REGULADORA DE PRODUCTOS AUDIOVISUALES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PATONES
Artículo 25.  Tasas..Las tasas por ocupación de espacios deberán ser abonadas con anterioridad al comienzo del rodaje o reportaje fotográfico. El hecho imponible es la verificación de que los actos y usos son conformes con esta ordenanza, así como la tramitación y expedición de licencia.
.	Tasa por rodaje: 1.000 euros/día (incluye todo el término municipal).
.	Tasa por reportaje: 300 euros/día (incluye todo el término municipal).
No procederá la devolución de la tasa cuando se haya cumplido el hecho imponible y/o por causas imputables al sujeto pasivo.
Patones, a 31 de mayo de 2023..El alcalde-presidente en funciones, Óscar Sanz García.
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