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    <titulo>– Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa licencias urbanísticas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>GARGANTA DE LOS MONTES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
55Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa licencias urbanísticas
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de la entidad sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“Modificar el artículo 6.4, que quedará redactado en los siguientes términos:
Lo dispuesto en el número anterior se entenderá sin perjuicio de la liquidación municipal que se practique a la vista de la declaración del interesado y la comprobación que se realice de la inicial, todo ello con referencia a las obras efectivamente realizadas y su valoración real.
A estos efectos, para establecer precios de construcción de mercado, a efectos de liquidación, tendrán carácter de mínimos los previstos en la aplicación del método de determinación de los costes de referencia de la edificación en municipios de la Comunidad de Madrid.
Modificar el artículo 7. Epígrafe primero, que quedará redactado de la siguiente forma:
Obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones, devengarán:

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Garganta de los Montes, a 13 de abril de 2023..El alcalde, Rodrigo García Martín.
(03/6.280/23)</texto>
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