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    <titulo>– Patones. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa utilización privativa dominio</titulo>
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    <organismo>PATONES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PATONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
86Patones. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa utilización privativa dominio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, acreditándose mediante certificado de secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de Aprobación de la Modificación Ordenanza fiscal reguladora de tasas por utilización privativa y aprovechamiento especiales del dominio público local y derogación de la anterior, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA  POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Artículo 8.  Cuota tributaria..La cuota a satisfacer por la tasa que se regula en la presente ordenanza será la que resulte de aplicar las tarifas y cantidades siguientes:
1.  En fiestas: puestos de mercadillo, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público:
a.	Puesto de mercadillo y atracciones: 25 euros/día. 
b.	Puestos con comida/bebida: 25 euros/día.
c.	Otros puestos: 20 euros/día.
2.  Instalación de quioscos:
a.	Cuota/m2/año: 35 euros.
3.  Instalación de aparatos de venta automática:
a	Cuota/m2/año por ocupación del domino público: 35 euros.
b.	Cuota/m2/mes o fracción de mes: 10 euros/mes.
4.  Ocupaciones de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública a empresas suministrador:
a.	Cuota: 1,5 por 100 de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en el municipio las empresas interesadas.
5.  Ocupaciones de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública:
a.	Cuota/m2/día: 0,5 euros.
b.	Cuota mínima: 5 euros.
Patones, a 29 de marzo de 2023..El alcalde-presidente, Óscar Sanz García.
(03/5.435/23)</texto>
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