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    <fecha_publicacion>2023/04/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
95Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 38 del Real Decreto 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos núm.ero 3/2023 por suplemento de créditos y créditos extraordinarios, aprobada por acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 21 de marzo de 2023.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de Presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
c)	Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Mejorada del Campo, a 28 de marzo de 2023..La presidenta, Isabel M. Sánchez Olmedo.
(03/5.335/23)</texto>
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