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    <titulo>– Rascafría. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>RASCAFRÍA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO
84Rascafría. Régimen económico. Calendario fiscal
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en los artículos 24 y 25 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se aprobó en sesión de Pleno, celebrada el día 24 de febrero de 2023, de la Corporación de este Ayuntamiento, el calendario fiscal del Ayuntamiento de Rascafría, para el ejercicio 2023, en los términos siguientes: 
En la conveniencia de fijar con la suficiente antelación los plazos de cobranza que en período voluntario se van a otorgar a los contribuyentes para el pago de los tributos, precios públicos e ingresos patrimoniales, cuyo cobro se exija mediante padrón de forma periódica. Por una parte, obliga a la propia Administración a cumplir unos determinados plazos en los cuales deben estar confeccionados los expedientes y tramitados de forma completa, incluyendo su aprobación, remisión y publicación, en los casos en los que sea preciso. Y, por otra, aporta a los contribuyentes seguridad y la posibilidad de planificar el pago de los tributos conociendo en todo momento y con suficiente antelación los plazos de recaudación. Aprobar el calendario fiscal del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2023:

Rascafría, a 28 de febrero de 2023..El alcalde-presidente, Santiago Marcos García.
(01/3.559/23)</texto>
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