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    <titulo>– Tres Cantos. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos</titulo>
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    <organismo>TRES CANTOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
71Tres Cantos. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos
En los Servicios Económicos (Rentas/Atención Vecinal) de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se halla expuesto al público el expediente relativo al acuerdo provisional adoptado por la Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2023, relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a)	Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
b)	Oficina de presentación: Registro del Ayuntamiento.
c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
Tres Cantos, a 30 de enero de 2023..El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.
(03/1.645/23)</texto>
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