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    <titulo>– Pinilla del Valle. Organización y funcionamiento. Ordenanza reglamento complemento productividad</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
60Pinilla del Valle. Organización y funcionamiento. Ordenanza reglamento complemento productividad
Aprobado inicialmente, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de enero de 2023, el Reglamento Regulador del Complemento de Productividad para los empleados públicos del Ayuntamiento de Pinilla del Valle, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; se somete a información pública por un plazo de treinta días, a contar del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que, durante dicho plazo, pueda ser examinado por las personas interesadas y formular, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas. El Reglamento se insertará en la sede electrónica del Ayuntamiento https://pinilladelvalle.sedelectronica.es/ 
En caso de no presentarse reclamación alguna en el plazo citado, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación del citado Reglamento.
Pinilla del Valle, a 25 de enero de 2023..La alcaldesa-presidenta, María del Mar Fernández García.
(03/1.360/23)</texto>
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