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    <titulo>– Fuenlabrada. Personal. Modificación complemento específico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>FUENLABRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
PERSONAL
56Fuenlabrada. Personal. Modificación complemento específico
La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria y urgente celebrada en fecha 17 de enero de 2023, adoptó los siguientes acuerdos:
1.o  Incrementar con efectos del 1 de enero de 2023, el complemento específico asignado a los puestos de trabajo de personal laboral y funcionario en los distintos instrumentos de ordenación de puestos de trabajo del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos en un 2,5 por 100 sobre las cantidades vigentes a fecha 31 de diciembre de 2022, y el importe unitario de las retribuciones variables (horas extraordinarias, complementos variables, etc.), así como los conceptos derivados de acuerdos específicos de policía y bomberos en un 2,5 por 100 sobre el importe vigente a 31 de diciembre de 2022, incrementos que deberán respetar la disponibilidad total aprobada en los presupuestos municipales.
2.o  Modificar los distintos anexos de personal del Ayuntamiento de Fuenlabrada y cada uno de sus Organismos Autónomos aprobados junto con el presupuesto municipal para el año 2023 en relación con el personal laboral y funcionario en el sentido de que las cuantías del salario base, complemento de destino, antigüedades y paga extraordinaria se sujeten a las cuantías establecidas en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023, todo ello con efectos de 1 de enero de 2023, con la excepción de los complementos de puesto de trabajo que se relacionan y que serán estudiados en expediente administrativo separado.

3.o  No incrementar, ni aplicar absorción y reducción alguna a los complementos personales transitorios que derivan de diferencias resultantes de las cantidades que se perciben en concepto de trienios o antigüedad como consecuencia de acuerdos a los que se refiere la disposición adicional segunda del Acuerdo Colectivo.

4.o  No incrementar, sino aplicar la absorción y reducción prevista en la disposición transitoria décima de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y disposición transitoria cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2023 los complementos personales transitorios reconocidos a las/los siguientes empleadas/os municipales, así como los importes que compensan diferencias entre subgrupos en el caso de habilitaciones y aquellas otras cantidades que se perciben en concepto de trienios o antigüedad como consecuencia de acuerdos a los que se refiere la disposición adicional segunda del Acuerdo Colectivo pero que en la actualidad se encuentran ocupando otros puestos:

5.o  Incrementar las retribuciones establecidas para el personal eventual en un 2,5 por 100 sobre las que estuvieran vigentes a 31 de diciembre de 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2023, con las correspondientes modificaciones en el Anexo de personal.
6.o  Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los acuerdos anteriores.
En Fuenlabrada, a 20 de enero de 2023..La directora general para la Gestión y Desarrollo de las Personas, Beatriz Sánchez Ruiz.
(03/1.058/23)</texto>
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