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    <titulo>– Villanueva de Perales. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES
RÉGIMEN ECONÓMICO
66Villanueva de Perales. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos número 22/13, en la modalidad de suplementos de crédito para subida de retribuciones 1,5 por 100, al no haberse presentado durante el plazo de exposición al público alegación alguna, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el contenido de dicha modificación de crédito:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villanueva de Perales, a 23 de diciembre de 2022..El alcalde-presidente, José María Barrado Jiménez.
(03/25.728/22)</texto>
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