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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza impuesto construcciones y obras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
113Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza impuesto construcciones y obras
Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2022, acordó la aprobación de la modificación ordenanza del impuesto sobre construcciones instalaciones y obras.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
A)	Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B)	Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el art. 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, teniendo siempre en cuenta lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
C)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
Colmenar Viejo, a 27 de diciembre de 2022..El alcalde, Jorge García Díaz.
(03/25.591/22)</texto>
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