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    <titulo>– Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>283</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VALDEOLMOS-ALALPARDO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
112Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 16 de noviembre de 2022, de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a)	Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
Alalpardo, a 17 de noviembre de 2022..El alcalde-presidente, Miguel Ángel Medranda Rivas.
(03/22.336/22)</texto>
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