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    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Ordenanza subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO
80Robledo de Chavela. Régimen económico. Ordenanza subvenciones
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal general de subvenciones del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, por acuerdo del Pleno de fecha 20 de octubre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sede.aytorobledo.es/eAdmin/Sede.do).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Robledo de Chavela, a 21 de octubre de 2022..El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.
(03/20.780/22)</texto>
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