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    <titulo>– Ajalvir. Régimen economico. Calendario fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>AJALVIR</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Ajalvir. Régimen economico. Calendario fiscal
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ajalvir, en sesión celebrada en fecha 24 de octubre de 2022, ha aprobado el calendario fiscal para el ejercicio 2023 de dichos padrones fiscales, en los términos siguientes:
Aprovechamiento de dominio público por cajeros automáticos 2023: del 3 de enero de 2023 al 28 de febrero de 2023.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2023: del 1 de marzo de 2023 al 3 de mayo de 2023.
Tasa por entrada de carruajes y vado 2023: del 1 de marzo de 2023 al 3 de mayo de 2023
Tasa recogida de basuras 2023:
a)	Período voluntario: del 1 de junio de 2023 al 31 de julio de 2023.
b)	Modalidad pago domiciliados:
.	Primer pago domiciliados: 7 de febrero 2023.
.	Segundo pago domiciliados: 5 de julio 2023.
Impuesto sobre bienes inmuebles urbano 2023:
a)	Período voluntario: del 1 de septiembre de 2023 al 31 de octubre de 2023.
b)	Modalidad pago domiciliados:
.	Primer pago domiciliados (40 por 100): 7 de marzo 2023.
.	Segundo pago domiciliado (30 por 100): 5 de junio 2023.
.	Tercer pago domiciliados: (30 por 100): 5 de octubre 2023.
Impuesto sobre bienes inmuebles rústico 2023: del 1 de septiembre de 2023 al 31 de octubre de 2023.
Impuesto sobre actividades económicas 2023: del 20 de julio de 2023 al 20 de septiembre de 2023.
Fechas limite solicitudes:
.	Domiciliación bancaria: último día hábil diciembre 2022.
.	SEP (Sistema Especial de Pagos): último día hábil de enero de 2023.
.	Bonificación IBI urbana por familia numerosa: último día hábil de enero de 2023.
Asimismo, se hacer saber que, quince días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública de los padrones correspondientes a los tributos municipales de carácter periódico. Durante el plazo de exposición pública de un mes, los padrones estarán a disposición de los interesados en la oficina recaudadora del Ayuntamiento sita en plaza de la Villa, número 1, 28864 Ajalvir. 
Lugar de pago: el pago se realizará en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias:
.	Santander. 
.	Caixabank. 
.	Sabadell.
.	Bilbao Vizcaya Argentaria.
Medios de pago: de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: dinero de curso legal o cheque bancario a favor del Ayuntamiento.
Recursos: contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones.
Advertencia: recaudación ejecutiva con recargo del 5 por 100 antes de que sea notificada la providencia de apremio. Posteriormente a la misma exigirá un recargo de apremio reducido del 10 por 100 cuando la deuda sea ingresada en el plazo previsto en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003 General Tributario o se exigirá un recargo de apremio ordinario del 20 por 100 sobre la deuda no ingresada más los intereses de demora correspondientes a esta y costas del procedimiento cuando la deuda no se haga efectiva en el plazo anteriormente indicado.
Ajalvir, a 25 de octubre de 2022..El alcalde-presidente, Víctor Malo Gómez.
(01/20.817/22)</texto>
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