<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20221102-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/11/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Colmenarejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>261</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20221102-88</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/11/02/BOCM-20221102-88.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/11/02/BOCM-20221102-88.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/11/02/BOCM-20221102-88.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/11/02/BOCM-20221102-88.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>COLMENAREJO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
88Colmenarejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo, en sesión ordinaria celebrada el 27 de octubre de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 1, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Colmenarejo, a 28 de octubre de 2022..La alcaldesa-presidenta, Míriam Polo Fernández. 
(03/21.080/22)</texto>
</documento>