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    <titulo>– Parla. Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y quioscos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>PARLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PARLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
86Parla. Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y quioscos
El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 11 de octubre de 2022, aprobó de forma provisional, y de forma definitiva si no se presentaran reclamaciones, la ordenanza reguladora de terrazas de veladoras y quioscos de hostelería del municipio de Parla, de aplicación a partir de que se apruebe de forma definitiva.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el presente edicto.
El expediente del acuerdo de referencia se halla expuesto al público en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla, a fin de que se puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a)	Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficinas de presentación:
.	Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC).
.	Registro electrónico del Ayuntamiento de Parla, a través de la página: https://sede.ayuntamientoparla.es
.	A través de los medios electrónicos indicados en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Parla, a 18 de octubre de 2022..El concejal-delegado del Área de Urbanismo, Actividades y Diversidad Funcional.

(03/20.284/22)</texto>
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