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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
69Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
1.  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 del TRLRHL la Junta de Gobierno Local, en sesión de 11 de octubre de 2022, ha aprobado provisionalmente el proyecto de modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles, ordenanza fiscal del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de Torrejón de Ardoz.
2.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 del TRLRHL, el acuerdo provisional citado, se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad Autónoma de Madrid, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3.  En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
Torrejón de Ardoz, a 11 de octubre de 2022..El concejal de Hacienda y Patrimonio (firmado).
(03/19.797/22)</texto>
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