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    <identificador>BOCM-20221014-15</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2022/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Precio comedor escolar
– Orden 2840/2022, de 26 septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se autoriza la cuantía del precio de comedor en escuelas infantiles pertenecientes a la red pública de escuelas infantiles de la Comunidad de Madrid gestionadas mediante contrato de servicio público educativo (modalidad de financiación por costes) para el curso escolar 2022-2023</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>245</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
15ORDEN 2840/2022, de 26 septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se autoriza la cuantía del precio de comedor en escuelas infantiles pertenecientes a la red pública de escuelas infantiles de la Comunidad de Madrid gestionadas mediante contrato de servicio público educativo (modalidad de financiación por costes) para el curso escolar 2022-2023.
La Orden 956/2017, de 30 de marzo, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la red pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017-2018, establece en su artículo primero que la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (actualmente Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) podrá autorizar precios inferiores al establecido en dicha orden en centros de titularidad de la Comunidad de Madrid de gestión indirecta. El precio será, en cada caso, el establecido para el servicio de alimentación mensual o comedor escolar en el correspondiente contrato de gestión de servicio público, actualizado según la cláusula de revisión establecida en el mismo.
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Apartado único
Autorizar los precios del servicio de alimentación mensual o comedor escolar de las Escuelas Infantiles que se relacionan en los Anexos I y II, pertenecientes a la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid, de gestión indirecta y modalidad de financiación sujeta al sistema de costes, para el curso escolar 2022-2023, sin perjuicio de las posibles reducciones y exenciones previstas, respectivamente, en los artículos 2 y 3 de la Orden 956/2017, de 30 de marzo.
Madrid, a 26 de septiembre de 2022..El Vicepresidente y Consejero, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), la Secretaria General Técnica, Mar Pérez Merino.
















(03/19.480/22)</texto>
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