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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación vía pública</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
80Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación vía pública
Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2022, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación de vía pública.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
A.	Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B.	Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo siempre en cuenta lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
C.	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
Colmenar Viejo, a 5 de octubre de 2022..El alcalde, Jorge García Díaz.
(03/19.467/22)</texto>
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