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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 430/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>239</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
79Móstoles número 2. Procedimiento 430/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 430/2022, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D. ANTONIO BOLUDA ESPEJO frente a EMZA 2002 TOLEDO, S. L., FOGASA e IDS CONSTRUCCIONES Y DESARROLLOS, S. A., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
AUTO
En Móstoles, a catorce de septiembre de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la acumulación a los presentes autos n.o 430/2022, de los que se siguen también en este Juzgado con los números ORD 432/2022, ORD 436/2022, ORD 437/2022 y ORD 442/2022, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.
Estese al señalamiento del día 10/11/2022, a las 09:30 horas.
Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.
MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con n.o 2851-0000-00-0430-22 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez D.a Ana Fernández Valenti.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EMZA 2002 TOLEDO S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de septiembre de dos mil veintidós.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.111/22)</texto>
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