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    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2022/10/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/09/26</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión premios
– Orden 2848/2022, de 27 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se conceden los premios relativos al XIII Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
17ORDEN 2848/2022, de 27 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se conceden los premios relativos al XIII Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid.
La Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades tiene como uno de sus objetivos prioritarios la formación y mejora de los alumnos en las llamadas competencias básicas, punto de partida para la asimilación de los conocimientos. Con este fin se celebra anualmente el Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid, dirigido a alumnos de Educación Secundaria y Bachillerato, y orientado a mejorar su capacidad argumentativa y expresión oral, así como ampliar su capacidad discursiva y acrecentar la importancia del uso de la lengua en el ámbito académico.
Mediante la Orden 991/2017, de 4 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprobaron las Bases Reguladoras de dicho Torneo Escolar de Debate.
En virtud de la Orden 322/2022, de 14 de febrero, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se aprobó la convocatoria de la XIII edición del Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid (Extracto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 25 de febrero de 2022).
Actualmente, la Consejería competente en materia de educación es la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en virtud del Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en relación con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Realizada la correspondiente selección y vista el acta de la Comisión de Selección de 14 de junio de 2022, constituida conforme a lo previsto en el apartado decimoprimero de la mencionada Orden 322/2022, de 14 de febrero,
DISPONGO
Primero
Concesión de premios
Conceder los premios correspondientes al XIII Torneo Escolar de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Asignación económica
La dotación económica asciende a un importe total de 10.350 euros con el desglose que a continuación se detalla, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo al programa presupuestario 322O, subconcepto 48500 del ejercicio económico correspondiente al año 2022.













Tercero
Renuncia voluntaria
Excluir por renuncia a su participación en el Torneo a los siguientes centros/equipos:

Cuarto
Pago de las cuantías
Los premios concedidos se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros de titularidad pública, el pago se realizará a través de las Direcciones de Área Territorial. En el caso de centros privados y concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los centros que hayan sido premiados.
La cuantía de los premios correspondientes a los profesores preparadores se librará a favor de los centros que, a su vez, quedan obligados a transferir dicha cuantía a los mencionados profesores. Todo ello de conformidad con el apartado duodécimo de la citada Orden 322/2022, de 14 de febrero.
Quinto
Obligaciones de los beneficiarios
Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control serán los establecidos en el apartado decimosexto de la Orden 322/2022, de 14 de febrero.
Sexto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 27 de septiembre de 2022.
		El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, 		ENRIQUE OSSORIO CRESPO
(03/18.939/22)</texto>
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