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    <titulo>– Torrejón de Velasco. Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización dominio público</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>TORREJÓN DE VELASCO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO
RÉGIMEN ECONÓMICO
81Torrejón de Velasco. Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización dominio público
Se hace público, a efectos de lo previsto en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la aprobación definitiva, al no haberse presentado reclamaciones al acuerdo provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 20 de julio de 2022, durante el plazo de exposición pública, de la modificación de la ordenanza fiscal número número 8, reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, epígrafe número 3, relativo a la tasa por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico, cuyo texto definitivo es el siguiente:
ORDENANZA NÚMERO 8, REGULADORA DE LAS TASAS POR LA INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO, ASÍ COMO INDUSTRIAS CALLEJERAS, AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO
Modificación del epígrafe número 3 relativo a la tasa por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público así como industrial callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico:

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
En Torrejón de Velasco, a 23 de septiembre de 2022..El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández.
(03/18.540/22)</texto>
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