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    <titulo>– Navacerrada. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
59Navacerrada. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado Decreto número 896/2022, de fecha 19 de septiembre, por el que se resuelve:
“Primero.. Delegar en la segunda teniente de alcalde, doña M.a del Mar Ocaña (dado que el primer teniente alcalde estará ausente por motivos laborales), la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el período del día 22 de septiembre al día 10 de octubre (ambos inclusive) del presente año.
Segundo.. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28 de noviembre.
Cuarto.. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.. La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28 de noviembre”.
Navacerrada, a 20 de septiembre de 2022..La alcaldesa, Ana Paula Espinosa Izquierdo.
(03/18.321/22)</texto>
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