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    <identificador>BOCM-20220929-23</identificador>
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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2022/09/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/09/13</fecha_disposicion>
    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunidad de Madrid (número de registro de la asociación 28100032)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
23RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunidad de Madrid (número de registro de la asociación 28100032).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por don Eduardo Martín Gómez de Villalba, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunidad de Madrid (MOVEA CAM) y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2022/000245, en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 29 de julio de 2022, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 10 de agosto de 2022 la subsanación de los mismos que fue efectuada el día 9 de septiembre de 2022.
Se adjunta Acta de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 7 de septiembre de 2022, por la que se adopta el acuerdo de modificación de los estatutos de la asociación. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifican los artículos 5, 8, 9 A, 9 B, 9 C, 9 J, 15, 16, 22 y 37. Se modifica también el título de la sección 3.a para incorporar en el mismo al Vicepresidente.
Segundo
Que examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial Asociación Profesional de la Movilidad Comunidad de Madrid (MOVEA CAM), así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 14 de septiembre de 2022..La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
(03/18.148/22)</texto>
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