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    <identificador>BOCM-20220915-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/09/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 1197/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>220</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4
71Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 1197/2018
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de familia, nulidad matrimonial 1197/2018, entre doña Virginia María Gómez y don Kellyn Yassir Santana Mateo, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Moreno Mateos, en nombre y representación de doña Virginia María Gómez, contra don Kellyn Yassir Santana Mateo, declarando la nulidad del matrimonio celebrado entre ambos el 11 de noviembre del 2014, con los efectos inherentes a tal declaración.
Todo ello sin condena en costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal.
Líbrense los oficios pertinentes al Registro Civil.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 454, 458 y siguientes de la LEC.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación
La presente sentencia ha sido dada, leída y publicada por la ilustrísima señora magistrada-jueza que la ha dictado, estando celebrando en audiencia pública en mi presencia, la letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado..Doy fe.
Y para que sirva de notificación a don Kellyn Yassir Santana Mateo, expido y firmo la presente.
En Torrejón de Ardoz, a 3 de marzo de 2021..El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/17.473/22)</texto>
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