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    <titulo>– Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Presupuesto general
De conformidad con el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y habida cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo, en la sesión celebrada el día 2 de julio de 2022, ha acordado la aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2022, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública (realizada mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2022, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento), se hace constar lo siguiente:




Según lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Fuentidueña de Tajo, a 29 de agosto de 2022..El alcalde, José Antonio Domínguez Chacón.
(03/17.025/22)</texto>
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