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    <titulo>– Alameda del Valle. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ALAMEDA DEL VALLE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO
23Alameda del Valle. Régimen económico. Padrones fiscales
Visto que es necesario proceder a la aprobación de los padrones fiscales relativos a los siguientes impuestos municipales: impuesto de tasa por abastecimiento de agua, tasa de alcantarillado, impuesto de vehículos de tracción mecánica, impuesto de bienes de naturaleza urbana y rústica, correspondientes todos ellos al ejercicio 2022, y a fin proceder a la correspondiente recaudación, por todo ello, con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; artículo 45 de la Ley 39/215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero..Aprobar el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de Alameda del Valle para el ejercicio 2022, así como la exposición pública de los padrones tributarios o matrículas y los anuncios de cobranza, en los siguientes términos:
Calendario fiscal de cobro ejercicio 2022
Período de cobranza en período voluntario: del 1 agosto al 31 octubre de 2022.
.	 Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2022.
.	 Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2022.
.	 Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2022.
.	 Impuesto de actividades económicas 2022.
.	 Tasa de alcantarillado 2022.
.	 Precio público por consumo de agua 2022.
Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago, así como el anuncio de cobranza:
a)	El plazo de pago en período voluntario será del 1 de agosto al 31 de octubre de 2022.
b)	Medios de pago: los medios de pago serán los que figuren en el documento facilitado a tal efecto (artículo 34 del RGR). Con carácter general serán:
.	Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro (artículo 25.2 y 38 del RGR).
c)	Lugares, días y horas de ingreso:
.	Oficina de Bankia de Rascafría o en cualquier oficina de Bankia, entidad colaboradora, en la cuenta restringida de recaudación.
.	Oficina de Recaudación, en el propio Ayuntamiento, los días y en el horario habilitado al respecto. Se publicará mediante edicto los días y horas, con carácter previo al inicio del período voluntario.
d)	Se advierte a los obligados tributarios de que, transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 113 del Reglamento General de Recaudación.
Segundo..Aprobar el período voluntario de cobro del 1 de agosto al 31 de octubre de 2022.
Tercero..Que, por parte del tesorero, se practique la notificación colectiva de las liquidaciones y el anuncio de la cobranza en voluntaria de los tributos anteriores por los medios habituales y señaladamente a través de su publicación en el boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Alameda del Valle, a 19 de agosto de 2022..El alcalde-presidente, Roberto Canencia Castro.
(01/16.646/22)</texto>
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