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    <fecha_publicacion>2022/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 79/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
68Móstoles número 1. Ejecución 79/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento número 79/2022 (ejecución) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Perez Do Souto y doña Bárbara Ruiz Santos, frente a Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.391,62 euros de principal, que corresponde a: Bárbara Ruiz Santos, 2.847,83 euros; Marta Perez Do Souto, 3.543,79 euros, más 1.000 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado, Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia, doña María Victoria Esteban Delgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 20 de julio de 2022..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/15.284/22)</texto>
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