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    <titulo>– Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza subvenciones asociaciones sin ánimo lucro</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>SEVILLA LA NUEVA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
62Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza subvenciones asociaciones sin ánimo lucro
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de subvenciones a asociaciones y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por Acuerdo del Pleno de fecha 28 de julio de 2022, previo dictamen de la Comisión Informativa de Especial de Cuentas y de Hacienda y Presupuestos, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días naturales, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://sevillalanueva.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Sevilla la Nueva, a 29 de julio de 2022..El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/15.827/22)</texto>
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