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    <titulo>– Navalagamella. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa vía ejecutiva cuotas</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Navalagamella. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa vía ejecutiva cuotas
Habiéndose aprobado por Acuerdo del Pleno de la Corporación, de fecha 28 de julio de 2022, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recaudación en vía ejecutiva de las cuotas adeudadas a Juntas de Compensación, Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación y demás órganos análogos de naturaleza urbanística, se remite la apertura del plazo de exposición pública y admisión de reclamaciones.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento dirección https://www.aytonavalagamella.es.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Navalagamella, a 29 de julio de 2022..El alcalde, Andrés Samperio Montejano.
(03/15.826/22)</texto>
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