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    <titulo>– Getafe. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
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    <organismo>GETAFE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GETAFE
RÉGIMEN ECONÓMICO
56Getafe. Régimen económico. Padrones fiscales
Padrones 2022: impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre actividades económicas, tasa por ocupación del dominio público.
Exposición pública: Se notifica a los interesados que por resolución de la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria y en las fechas que se indican, han sido aprobados los padrones y listas cobratorias que comprenden las liquidaciones correspondientes al ejercicio 2022 de los siguientes tributos:
a)	El 3 de junio de 2022, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, por un importe de 486.238,08 euros, que consta de 444 recibos contenidos en la remesa 2022IBIR.
b)	El 7 de julio de 2022, tasa por ocupación del dominio público por la instalación de quioscos, ascensores y cajeros automáticos, por un importe de 7.012,48 euros, que consta de 37 recibos contenidos en la remesa 2022TOVP.
c)	El 7 de julio de 2022, tasa por ocupación del dominio público por reserva de vía pública para entrada de vehículos en edificios y solares (vado), por un importe de 1.581.635,80 euros, que consta de 11.709 recibos contenidos en la remesa 2022VADOS.
d)	El 19 de julio de 2022, impuesto sobre actividades económicas, por un importe de 6.578.313,94 euros, que consta de 1.622 recibos contenidos en la remesa 2022IAE.
Dichos padrones y listas cobratorias se expondrán al público en la calle Ricardo de la Vega número 5, de lunes a viernes en horario de apertura al público, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 30 de septiembre de 2022, sin que dicho plazo pueda ser inferior a quince días. 
Plazo de ingreso voluntario: del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2022 ambos inclusive.
Lugar y medios de pago:
.	Por Internet: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento en la dirección https://sede.getafe.es , mediante tarjeta VISA o Mastercard.
.	Entidades colaboradoras: mediante efectivo o cargo en cuenta en cualquier oficina, cajero o banca electrónica.
.	Relación de entidades colaboradoras autorizadas: Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, Caixabank e Ibercaja Banco.
Contribuyentes que tengan domiciliados los recibos: la fecha de cargo en su cuenta corriente se producirá el día 31 de octubre.
Contribuyentes que no tengan domiciliado el pago: recibirán en su domicilio fiscal los documentos para proceder a su pago en los plazos y lugares indicados. Les recordamos la importancia de declarar los datos y domicilio fiscal correcto para que puedan recibir estas comunicaciones. En caso de extravío o de no recibir en su domicilio alguno de los recibos que debiera pagar, podrán solicitar la expedición de un duplicado en la oficina de Ricardo de la Vega o a través de la sede electrónica.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda, si ésta no ha sido satisfecha, podrá pagarse con el recargo del 5 por 100 durante el período indicado en la casilla “Periodo de pago-en ejecutiva”, con el mismo documento. Transcurrido el plazo anterior, si la deuda no ha sido ingresada se exigirá por vía ejecutiva, sufriendo el incremento de los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso, las costas que correspondan.
Contra las liquidaciones podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso administrativo ante la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del Padrón de contribuyentes, sin perjuicio de poder presentar cualquier otro que estime procedente.
El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.
Para cualquier aclaración o duda pueden ponerse en contacto con la Oficina de Atención Tributaria, sita en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o bien en el teléfono 911 883 668.
Getafe, a 20 de julio de 2022..La Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, José Ignacio Pulido Pulido.
(01/15.232/22)</texto>
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