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    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación por mesas y sillas</titulo>
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    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
85Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación por mesas y sillas
En el Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su sesión celebrada con fecha 12 de julio de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación ordenanza fiscal reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.
Lo que se hace público para su general conocimiento y para que todos aquellos que se consideren interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en la Secretaría del Ayuntamiento, donde la citada ordenanza permanecerá expuesta al público durante el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Gargantilla del Lozoya, a 14 de julio de 2022..El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.
(03/14.879/22)</texto>
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