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    <titulo>– Ambite. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>AMBITE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Ambite. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Por Acuerdo de Pleno de 22 de junio de 2022, se acordó:
1.	Delegar del Pleno en el alcalde la competencia para solicitar subvenciones tanto de carácter Estatal, como Autonómico y Europeo, así como solicitar subvenciones a cualquier otro organismo.
2.	Igualmente, delegar del Pleno en el alcalde la competencia para dar de alta actuaciones del Programa de Inversión Regional (PIR) 2022-2026. La delegación expresamente faculta al alcalde para la aprobación del proyecto, memoria, la contratación, la aprobación del gasto, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
3.	De las actuaciones que se lleven a cabo como consecuencia de esta delegación el Sr alcalde-presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre para su ratificación, en su caso.
Debido a que se persigue con la citada delegación de competencias, la agilización de los procedimientos aumentando el grado de eficacia de los servicios.
Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambiete, a 24 de junio de 2022..El alcalde-presidente, Francisco Javier Carmona Sánchez.
(03/13.434/22)</texto>
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