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    <titulo>Madrid número 4. Procedimiento 1478/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4
72Madrid número 4. Procedimiento 1478/2021
EDICTO
D./DÑA. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción nº 04 de Madrid 
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves nº 1478/2021 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
“Vistos por mí, D. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, Ilmo Sr MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 1478/2021, contra D./Dña. MOUHCINE RECHADI, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, y MIGUEL ANGEL SERRANO RECUENCO como denunciante, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S. M. El Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO: Que debo condenar y condeno a MOUHCINE RECHADI como autor responsable de un delito leve de lesiones, tipificada en el artículo 147.2 del Código Penal a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 4 euros por día de sanción, condenándolo también al pago de las costas procesales, y a que indemnice a Miguel Ángel Serrano Recuenco en la cantidad de 500 euros. 
Si el condenado no satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplir en régimen de localización permanente, conforme determina el art 53 CP.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de 10 días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso o transferencia al BANCO DE SANTANDER y cuenta de consignaciones 2464-0000-A1-1478-21.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. MOUHCINE RECHADI, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 13 de junio de 2022.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/12.295/22)</texto>
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