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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 80/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>147</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
91Móstoles número 2. Ejecución 80/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. María Isabel Cano Campaña, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n.o 02 de Móstoles.
Hago saber: Que en la Ejecución 80/2022, de este juzgado de lo Social, seguido a instancias de Dña. SUSANA JIMÉNEZ JUANAS y D. ÓSCAR RODRÍGUEZ REY CECILIA frente a BRIN CONSULTORÍA Y SOLUCIONES TECNOLOGÍCAS SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 25/05/2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 13.742,47 euros de principal; más 162,36 euros de interés por mora y 1.390,48 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado BRIN CONSULTORÍA Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Remítase vía LexNet a la letrada de las actoras de copias selladas de las demandas, así como testimonios de la sentencia, Decreto de acumulación, Auto de ejecución y de la presente resolución, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a BRIN CONSULTORÍA Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintiséis de mayo de dos mil veintidós.
		LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.452/22)</texto>
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