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    <titulo>Madrid número 4. Procedimiento 204/2022</titulo>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4
73Madrid número 4. Procedimiento 204/2022
EDICTO
D. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.o 4 DE MADRID.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 204/2022 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o 54/2022
Ilmo Sr MAGISTRADO- JUEZ: D MARCELINO SEXMERO IGLESIAS.
Madrid a treinta y uno de enero de dos mil veintidós.
Vistos por mí, D. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, Ilmo Sr MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción n.o 4 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n.o 204/2022, contra D. BELAL ZAHIL, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S. M. El Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que debo condenar y condeno a Belal Zahil como autor responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, tipificada en el artículo 234.2, del Código Penal a la pena de 20 días de multa, con una cuota diaria de 4 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.
Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.
Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de 10 días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso a la cuenta de consignaciones n.o 2464-0000-A1-0204-22 del BANCO DE SANTANDER.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a BELAL ZAHIL, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 30 de mayo de 2022.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/11.310/22)</texto>
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